La nomenclatura está jugando una mala pasada para comprender y, por consiguiente, para actuar. El problema es que la denominación precisa es muy larga, y por eso no se usa. El impuesto a los réditos, creado a fines de 1932, en algún momento se transformó en el impuesto a las ganancias, generando petitorios de exención bajo el argumento de que “el salario no es ganancia”. En rigor, debería denominarse impuesto a los ingresos netos; por oposición al gravamen provincial que se cobra sobre los ingresos brutos. ¿Ingresos netos de qué? De los gastos que hay que afrontar para generar los ingresos. ¿Quiénes deben pagar el referido impuesto?