Mirá el calendario de feriados 2025: fines de semana largos y días …
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Calendario de feriados 2025: los fines de semana largos y días no laborables que habrá mes a mesCon un total de 19 días festivos entre inamovibles, trasladables y no laborables, el cronograma del año próximo en Argentina ofrece múltiples oportunidades para organizar escapadas y descansar
Calendario 2025: ¿cuándo caen los feriados y fin de semana largo de Carnaval?El año entrante presenta una variedad de días de descanso, incluyendo fines de semana largos, una oportunidad única para aumentar el turismo interno
Calendario de feriados 2025: los fines de semana largos y días …
Feriados 2025: el calendario completo con los fines de semana largos y días no laborables
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de los cuales 12 son inamovibles, 4 son trasladables, y se suman 3 días no laborables con fines turísticos. Este esquema busca no solo conmemorar fechas históricas y religiosas, sino también fomentar el turismo interno, con fines de reactivación económica.
Además, el calendario incluye cuatro fines de semana extra largos, de hasta 4 días de descanso, ideales para planificar viajes o actividades recreativas. Entre los datos destacados, se encuentran los días no laborables estratégicamente ubicados en mayo, agosto y noviembre, que permiten extender fines de semana clave para el turismo y el descanso.
A continuación, presentamos el detalle de los feriados mes a mes, junto con las fechas destacadas para aprovechar al máximo los fines de semana largos y conocer las diferencias entre feriados puente y días no laborables.
Enero
- Miércoles 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Marzo
- Lunes 3 y martes 4: Carnaval (feriados inamovibles).
- Lunes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
- Miércoles 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible).
- Jueves 17: Jueves Santo (día no laborable).
- Viernes 18: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
- Jueves 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
- Viernes 2: Día no laborable con fines turísticos.
- Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
- Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada desde el martes 17, feriado trasladable).
- Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
- Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Agosto
- Viernes 15: Día no laborable con fines turísticos.
- Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).
Octubre
- Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
Noviembre
- Viernes 21: Día no laborable con fines turísticos.
- Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jueves 20, feriado trasladable).
Diciembre
- Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Jueves 25: Navidad (feriado inamovible).
Fines de semana largos en 2025
- Del 1 al 4 de marzo: 4 días por Carnaval.
- Del 1 al 4 de mayo: 4 días por el Día del Trabajador y el día no laborable del viernes 2.
- Del 15 al 17 de agosto: 3 días por el día no laborable del viernes 15 y el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
- Del 21 al 24 de noviembre: 4 días por el día no laborable del viernes 21 y el Día de la Soberanía Nacional trasladado al lunes 24.
- Del 6 al 8 de diciembre: 3 días por el Día de la Inmaculada Concepción de María.
Días no laborables con fines turísticos
El Gobierno estableció tres días no laborables con fines turísticos en 2025:
- Viernes 2 de mayo: en la antesala del Día del Trabajador.
- Viernes 15 de agosto: previo al Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
- Viernes 21 de noviembre: cercano al Día de la Soberanía Nacional, trasladado al lunes 24.
Estos días buscan “fomentar la actividad turística en el territorio nacional y desestacionalizar el turismo interno”, según el Ministerio del Interior.
Diferencias entre feriado puente y día no laborable
- Feriado puente:
- Es obligatorio y rigen las normas legales de descanso dominical.
- Los trabajadores que trabajen tienen derecho a un pago extra equivalente al doble de su jornada habitual.
- Día no laborable:
- No es obligatorio, queda a discreción del empleador otorgarlo o no.
- No implica pago adicional si el trabajador presta servicios.
Esta distinción afecta tanto a empleados como a empleadores en términos de remuneración y condiciones laborales.
fuente: Infobae
- Es obligatorio y rigen las normas legales de descanso dominical.
- Los trabajadores que trabajen tienen derecho a un pago extra equivalente al doble de su jornada habitual.
- No es obligatorio, queda a discreción del empleador otorgarlo o no.
- No implica pago adicional si el trabajador presta servicios.